El día de ayer, la famosa youtuber YosStop (Yosseline Hoffman) se volvió tendencia en Twitter por una denuncia que se interpuso en su contra ante la Fiscalía Especializada en Delitos Sexuales de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México.
De acuerdo con la narración de hechos, dada a conocer por la cuenta Abogadas Organizadas ITAM, YosStop no solamente tuvo conocimiento del delito sino que manifestó haber «recibido, reproducido» y tener almacenado un video en el cual: Carlos R, Julián G., Axel A. y Nicolás B. presuntamente cometieron una violación en contra de la víctima menor de edad Ainara S.
Más allá del escándalo mediático, en esta entrada se busca analizar este delito, sus penas, y parte del proceso que apenas comienza.
Es una denuncia, no una demanda
En primer lugar vale la pena aclarar que se trata de una denuncia, dado que hablamos de un delito, y no una demanda como erróneamente se ha publicado en algunos medios de comunicación.
¿Cuál es el delito de pornografía?
De acuerdo con el artículo 187 del Código Penal para el Distrito Federal, este delito se castiga:
«Al que procure, promueva, obligue, publicite, gestione, facilite, o induzca, por cualquier medio, a una persona menor de dieciocho años de edad (…) a realizar actos sexuales o de exhibicionismo corporal con fines lascivos o sexuales, reales o simulados, con el objeto de video grabarlos audio grabarlos, fotografiarlos, filmarlos, exhibirlos o describirlos a través de anuncios impresos, sistemas de cómputo, electrónicos o sucedáneos…».
¿Cuál es la pena?
De siete a catorce años de prisión y de dos mil quinientos a cinco mil días multa (…)
En caso de «recibir», «reproducir» y mantener almacenado este material
«Al que fije, imprima, video grabe, audio grabe, fotografie, filme o describa actos de exhibicionismo corporal o lascivos o sexuales, reales o simulados, en que participe una persona menor de dieciocho años de edad (…) se le impondrá la pena de siete a doce años de prisión y de mil a dos mil días multa, así como el decomiso y destrucción de los objetos, instrumentos y productos del delito.
Se impondrán las mismas sanciones a quien financie, elabore, reproduzca, almacene, distribuya, comercialice arriende, exponga, publicite, difunda, adquiera intercambie o comparta por cualquier medio el material a que se refieren las conductas anteriores».
Cabe mencionar que en la denuncia también se acusa a Patricio A., vecino de uno de los implicados, como el responsable de haber difundido dicho video.
Imagen destacada: Tomada de YouTube (JuStYosS).